Emprender en España puede resultar algo complicado. Sin embargo cada vez son más las personas que, o bien por vocación o por falta de oportunidades laborales, han terminado dándose de alta como autónomos.
Una de los aspectos que más dudas suele generar en este gremio es saber los gastos que pueden deducirse en la declaración de la renta. Desde Crédito Particular vamos a hacer un recorrido por los más importantes.
De este modo no tendrás dudas sobre qué has de deducirte en tu próxima declaración.

Gastos que puede deducirse un autónomo en la declaración de la renta
En primer lugar no hay que olvidar que son solo deducibles aquellos gastos que estén relacionados con la actividad profesional. Es decir, que los gastos personales no pueden presentarse en la declaración de la renta de autónomos.
Cualquier gasto que se presente ha de estar acompañado de su correspondiente factura y de su entrada en los libros de gastos e inversiones de la actividad profesional. El importe máximo a deducir se establece en 2000 € al año.
Entre los principales gastos deducibles se encuentran los siguientes:
- Consumos de explotación. Según el tipo de actividad que lleve a cabo el autónomo estos podrán incluir unos u otros conceptos. Entre ellos se encuentran el gasto de gasolina, las materias primas, los posibles envases necesarios para desarrollar la actividad profesional, el material de oficina… etcétera.
- Pagos a trabajadores. Aquellos autónomos que tienen personal a su cargo podrán deducirse los salarios, las pagas extraordinarias, las retribuciones en especies o las dietas que han de abonarse en función de los desplazamientos requeridos para ejercer la actividad profesional.
- Cuotas de la Seguridad Social. Todos los autónomos podrán deducirse en la declaración de la renta las cuotas de la Seguridad Social. Además, aquellos autónomos que tengas trabajadores a su cargo podrán deducirse los gastos de contratación y de las pagas y de las cuotas de la Seguridad Social.
- Gastos varios. Por ejemplo los relativos a los seguros médicos, los planes de pensiones o los cursos de formación para los trabajadores.
- Servicios profesionales derivados de la actividad profesional. Por ejemplo las comisiones que se hayan de abonar a los comerciales, los gastos de abogados, los gestores, etcétera.
- Gastos financieros. Estos gastos están asociados a los préstamos y a los créditos que se han debido de solicitar para poder poner en marcha la actividad profesional.
- Gastos de conservación y reparación. Se podrán deducir los gastos del mantenimiento de los bienes materiales asociados a la actividad profesional. Por ejemplo, si se trabaja como mensajero los gastos de conservación y reparación del vehículo se podrán incluir en la declaración de la renta.
- Gastos por el pago de cánones y arrendamientos. En caso de tener alquileres, algúnleasing orenting, asistencia técnica, etcétera, se podrán deducir en la declaración de la renta.
- Gastos de transporte. En caso de que el negocio que tengas esté asociado al transporte, la desgravación será del 100 %. Si usas tu vehículo para poder desempeñar tu profesión cada día, podrás deducirte hasta el 50 % del IVA. Si tanto tú como tus empleados usáis el transporte público para poder trabajar, también se podrá incluir en la declaración de la renta.
Estos son solo algunos de los conceptos que podrás deducirte como autónomo. Si tienes un buen asesor fiscal no dudes en revisar con él tanto estos como el resto.